domingo, 12 de octubre de 2014

¿derechos humanos para...no humanos?


imagen obtenida de http://www.animalpolitico.com/

Teoría de la Justicia y los Derechos Humanos

ACTIVIDAD VII. ¿DERECHOS HUMANOS PARA NO HUMANOS?

En la semana estuve revisando una noticia que atrapó mi atención; se trata de una organización llamada “Nonhuman Rights Proyect” (Proyecto de derechos de los no humanos), la cual lleva algunos meses acudiendo ante diversas instancias jurisdiccionales en el estado de Nueva York con la finalidad de obtener el reconocimiento para que un chimpancé, como animal cognitivamente complejo y autónomo, tenga el derecho legal a no ser apresado, tal cual lo tendría un humano en sus condiciones. [1]

Entre sus argumentos más convincentes en la demanda destacan los que refieren que una persona legal no requiere serlo desde un punto de vista biológico, tomando en cuenta que existen las llamadas personas morales (una sociedad civil por ejemplo); que los chimpancés pueden ser representados ante la corte, como son representados los niños, quienes dada su corta experiencia de vida no cuentan con la conciencia de sus derechos y su posible defensa ante tribunales, lo cual no les impide ser representados ante la corte; otro argumento es el que se apoya en que existe un precedente español gracias al cual, los “grandes simios” son considerados desde 2008 como personas legales.[2]

Inclusive dicha organización ha exhibido videos en los que da muestra de cómo un chimpancé puede llevar a cabo actividades cognitivas complejas y puede mantener comunicación con humanos de manera tal que llega a apreciarse cierta autonomía en su conducta. Dejo la siguiente liga en la que se aprecia el video realizado y distribuido por el New York Times y publicado a su vez por la página animal político:



Ahora bien, es cierto que los derechos humanos a lo largo de su historia han ampliado su protección, recordemos que en la llamada primera generación estuvieron dirigidos solamente a los individuos (derechos civiles y políticos), para después, en la segunda generación, al identificarse la existencia de grupos vulnerables y necesidades como sociedad se extendieron a los derechos colectivos (sociales, económicos y culturales); ya para en la tercera generación abarcar a toda la humanidad por medio de los derechos de solidaridad internacional.

También es cierto, que hoy por hoy dados los avances tecnológicos, se discute la idea de crear una categoría de derechos humanos que abarque derechos relacionados con la nanotecnología, con el ciberespacio y la bioética. Y es precisamente en esta última donde encuentro un espacio para lo que está aconteciendo en el estado de Nueva York.

Es prudente observar también que esta organización (Proyecto de derechos de los no humanos) va a más allá que cualquier asociación protectora de animales o de cualquier razonamiento que desde la bioética se realice, toda vez que, crea una categoría de animales, que desde su óptica cuentan con autonomía y consciencia tal como un ser humano, entre estos animales se ubican, como ya lo comenté al principio, los chimpancés, pero también ubica dentro de estos, a los elefantes, delfines y a las ballenas, en el entendido que han demostrado tener capacidades cognitivas semejantes a las de los seres humanos.

Esto es, los miembros de esta organización no solamente están luchando por los derechos de animales conscientes y autónomos, sino que están abogando para que dichos animales cuenten con medios de impugnación para defender sus derechos representados ante un tribunal y conseguir los efectos jurídicos que esto conlleva. Inclusive, el titular de esta organización (Steve Wise) llegó a comparar lo que sucedía en el siglo XIX cuando la esclavitud se tomaba como una práctica altamente aceptada en la sociedad occidental con la aceptación que ahora tiene la idea de que ciertos animales sean propiedad de sus dueños.

Derivado de lo anterior, mis reflexiones se tornaron a las implicaciones jurídicas que produciría una sentencia favorable emitida por uno de los tribunales de una potencia mundial como lo es Estados Unidos de Norteamérica, mismas que expongo a continuación:
Al momento de reconocerles una calidad de “personas legales” a animales reconocidos como “cognitivamente complejos” o “autónomos”  también se les hace acreedores de obligaciones como toda persona jurídica, ya que, si bien han sido sometidos y lastimados en diversas ocasiones, también han matado a seres humanos  y han recibido entrenamiento militarizado.[3]

La distinción que se hace entre el ser humano y los animales tiene que ver con la consciencia que se tiene de sí mismo, esto es, no se niega que los animales cuenten con emociones, habilidades cognitivas,  pensamiento lógico e inclusive capacidad para expresarse en algún lenguaje, sin embargo, carecen de la facultad para ser conscientes de su naturaleza y de su entorno, motivo por el cual, suena aventurado inclusive compararlos con los niños, ya que los niños cuentan con la capacidad para evolucionar su pensamiento, sin embargo, estos animales, aun siendo inteligentes no alcanzan en ninguna etapa de su vida esa madurez que les permita ese estado de consciencia.

Por otro lado, resulta importante destacar que las notas periodísticas aluden en sus encabezados a derechos humanos de los chimpancés, sin embargo, cabe destacar que los derechos humanos se encuentran  respaldados por principios de igualdad, libertad, seguridad jurídica, propiedad, electorales, de trabajo, de salud, de vivienda, de educación, en fin, una gama de derechos que el Estado se encuentra obligado a proteger mediante diversas conductas omisivas o activas; cuestión que es necesario reflexionar porque desde lo descrito en las notas lo que este grupo solicita es un reconocimiento de libertad y seguridad jurídica para los chimpancés tal como la tienen los seres humanos, es decir, que no sean propiedad de alguien y que cuenten con defensas legales ante los tribunales, lo que implicaría establecer el principio de igualdad entre humanos y chimpancés, asunto que desde mi punto de vista queda descartado por las razones expuestas en los párrafos anteriores: por esa falta de consciencia en sí mismo que conlleva a su vez a la imposibilidad de hacerlos acreedores de obligaciones como personas jurídicas.  

En conclusión, reconozco que los animales deben de contar con ambientes propicios para su desarrollo físico y mental, reconozco que el ser humano no debe de intervenir para dañar su entorno, pero si para mejorarlo y hasta en ocasiones para equilibrarlo (en el caso de las plagas), reconozco que se les debe de brindar cariño y respeto como cohabitantes del planeta, sin embargo, lo que no reconozco es que posean la misma calidad de consciencia que el ser humano, de tal manera que, se encuentren cobijados por derechos que les son propios al ser humano, que han significado cerca de dos siglos de debates, discusiones y reflexiones, y que siguen sin cobijar a todos los seres humanos como sería lo idóneo.

Primero, habría que cubrir bien la esfera de derechos con las que cuentan los seres humanos y atender a sus necesidades, para  luchar desde otra trinchera por los beneficios que se pueden lograr para los animales, sin tenerlos que asemejar a los seres humanos o encajarlos bajo supuestos que no les son propios y que por la misma manera artificial se les podrían propiciar perjuicios y desatención a su verdadera naturaleza y espacio vital.

No cabe desviar la atención de lo que debe ser el eje principal de los derechos humanos. La especie humana.



[1]Nota periodística obtenida del periódico virtual El Universal en la sección de Sociedad con fecha 08 de octubre de 2014 que se ubica en la siguiente liga:  http://www.eluniversal.com.mx/sociedad/2014/analizan-derechos-de-chimpance-al-igual-que-los-de-un-humano-1044464.html

[2] Nota periodística obtenida del periódico virtual CNN noticias en español con fecha 03 de enero de 2013 que se ubica en la siguiente liga: http://cnnespanol.cnn.com/2013/12/03/los-chimpances-son-personas-legales-corte-de-nueva-york-lo-analiza/

[3] Artículo publicado de la página de National Geographic Society en español que se ubica en la siguiente liga: http://nationalgeographic.es/noticias/delfines-uso-militar-noticia

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